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martes, 10 de septiembre de 2019

Comisaria de Familia ¿Qué es?

¿Qué son las Comisarías de Familia?
La Ley 1098 del 2006, define a la Comisaría de Familia como un organismo municipal (o distrital), o intermunicipal, cuya misión es prevenir, garantizar, restablecer y reparar los derechos de los miembros de un núcleo familiar en el que se hayan presentados casos de violencia.

¿En qué se especializan las Comisarías de Familia?
Básicamente las Comisarías de Familia trabajan todos los temas relacionados con violencia intrafamiliar, como presuntos maltratos infantiles, presuntos delitos sexuales, violencia de pareja, conciliaciones de alimentos, visitas, custodia y fijación de alimentos, entre otros.
¿Puedo denunciar en cualquier Comisaría de Familia?
Las Comisarías de Familia funcionan por jurisdicción territorial, es decir, que en la mayoría de los casos, la comisaría que se encuentre próxima a tu residencia será la encargada de dar trámite a tu proceso.

De igual forma, la ley establece que en temas relacionados con hechos de violencia intrafamiliar, será responsable de conocer el trámite de medidas de protección o de la acción pertinente a mitigar dichos hechos la Comisaría de Familia del lugar donde ocurrieron los hechos.

En el caso de conciliaciones de alimentos o trámites por presunto maltrato infantil o presuntos delitos sexuales contra menores o adolescentes por parte de miembros de su familia (quienes convivan en su misma residencia y que compartan zonas comunes como  baño, cocina, sala, etc), será competencia de la comisaría de familia que este próxima a la residencia del niño.
¿Las Comisarías de Familia ofrecen terapias de pareja?

Si bien todas las Comisarías de Familia cuentan con un equipo psicosocial conformado por psicólogos, trabajadores sociales y abogados, su trabajo está enfocado a trabajar buscando acciones que prevengan la violencia intrafamiliar y no realizar terapia de pareja. Sin embargo, todas las Comisarías tiene convenios con centros especializados a los que te pueden remitir para que realices un proceso terapéutico.

¿Cuánto duran las audiencias en las Comisarías de Familia?

Las audiencias están programadas para una duración de una hora, aunque debes tener en cuenta que cada Comisario le asigna un tiempo prudencial a las diferentes audiencias que se manejan.

Las Competencias de los Jueces de Familia en Colombia

Según se establece en el Código General del Proceso Colombiano -C.G.P.

Artículo 21. Competencia de los jueces de familia en única instancia.

Artículo 22. Competencia de los jueces de familia en primera instancia.

Constitución Política de Colombia, Artículo 42

Constitución Política de Colombia

CAPÍTULO 2

DE LOS DERECHOS SOCIALES, ECONÓMICOS Y CULTURALES


ARTÍCULO 42. La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla.

El Estado y la sociedad garantizan la protección integral de la familia. La ley podrá determinar el patrimonio familiar inalienable e inembargable. La honra, la dignidad y la intimidad de la familia son inviolables.

Las relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos y deberes de la pareja y en el respeto recíproco entre todos sus integrantes. Cualquier forma de violencia en la familia se considera destructiva de su armonía y unidad, y será sancionada conforme a la ley.

Los hijos habidos en el matrimonio o fuera de él, adoptados o procreados naturalmente o con asistencia científica, tienen iguales derechos y deberes. La ley reglamentará la progenitura responsable.

La pareja tiene derecho a decidir libre y responsablemente el número de sus hijos, y deberá sostenerlos y educarlos mientras sean menores o impedidos.

Las formas del matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los deberes y derechos de los cónyuges, su separación y la disolución del vínculo, se rigen por la ley civil.

Los matrimonios religiosos tendrán efectos civiles en los términos que establezca la ley.

Los efectos civiles de todo matrimonio cesarán por divorcio con arreglo a la ley civil.

También tendrán efectos civiles las sentencias de nulidad de los matrimonios religiosos dictadas por las autoridades de la respectiva religión, en los términos que establezca la ley.

La ley determinará lo relativo al estado civil de las personas y los consiguientes derechos y deberes.